en claro

Lo básico

Votar, explicado fácil

El 29 de noviembre no eliges presidente: eliges a los 350 diputados del Congreso. Y son ellos quienes, después, eligen al presidente.

  1. 1Votas una lista

    Metes en la urna la papeleta de un partido. Solo cuenta en tu provincia.

  2. 2Tu provincia reparte

    Cada provincia tiene un número fijo de escaños y los reparte según los votos de cada lista.

  3. 3176 para gobernar

    Se suman los 350 escaños. Quien consiga 176 apoyos en el Congreso será presidente.

El día 29: qué tienes que hacer

DóndeEn tu colegio electoral

Te llega una tarjeta censal por correo, o puedes consultarlo en la web del INE. Abre de 9:00 a 20:00.

Qué llevarDNI, pasaporte o carné de conducir

Con foto y en vigor. No hace falta la tarjeta censal.

Dos papeletasBlanca Congreso · Sepia Senado

En la blanca eliges una lista entera. En la sepia marcas con una cruz hasta 3 nombres, de partidos distintos si quieres.

Si no estarásVota por correo

Pídelo en Correos hasta el 19 de noviembre. Te enviarán las papeletas a casa.

¿Voto en blanco, nulo o abstenerse? No es lo mismo
En blanco

Sobre sin papeleta. Cuenta como voto válido: sube el número de votos necesarios para llegar al 3 % que exige la ley, así que perjudica un poco a los partidos pequeños. No da escaños a nadie.

Nulo

Papeleta rota, escrita, de dos partidos o de otra elección. No cuenta para nada en el reparto.

Abstención

No ir a votar. Tampoco cuenta en el reparto: los escaños se reparten igual entre quienes sí votan.

BOE · Ley Orgánica 5/1985, de 19 de junio, del Régimen Electoral General (texto consolidado, última modificación 2-jul-2026)

Cómo tu voto se convierte en escaños

Hay 52 "mini-elecciones", una por provincia (más Ceuta y Melilla). Madrid reparte 38 escaños; Soria o Teruel, solo 2.

En cada una se reparten los escaños como una tarta. La lista con más votos se lleva el primer trozo; luego se compara quién "merece" el siguiente, dividiendo sus votos entre los trozos que ya tiene (eso es la fórmula D'Hondt).

Por eso no da igual dónde votes. En una provincia que reparte pocos escaños, solo los partidos grandes suelen sacar alguno. En las grandes, también entran los pequeños.

Hay un mínimo: la lista que no llegue al 3 % de los votos válidos de esa provincia queda fuera.

Pruébalo: mueve los votos

38% votos343% escaños
30% votos343% escaños
16% votos114% escaños
10% votos00 escaños
6% votos00 escaños

Mueve los votos. Fíjate en que, cuantos menos escaños reparte una provincia, más se premia a las listas grandes y más votos de las pequeñas se quedan sin representación.

Los escaños de las 52 circunscripciones

Cambian dos circunscripciones respecto a 2023: Madrid pasa de 37 a 38 diputados y Cádiz de 9 a 8. El resto no cambia (comparado con los escaños de 2023 del Ministerio del Interior).

  • Madrid+138
  • Barcelona32
  • Valencia/València16
  • Alicante/Alacant12
  • Sevilla12
  • Málaga11
  • Murcia10
  • Balears (Illes)8
  • Bizkaia8
  • Cádiz-18
  • Coruña (A)8
  • Palmas (Las)8
  • Asturias7
  • Granada7
  • Pontevedra7
  • Santa Cruz de Tenerife7
  • Zaragoza7
  • Almería6
  • Córdoba6
  • Gipuzkoa6
  • Girona6
  • Tarragona6
  • Toledo6
  • Badajoz5
  • Cantabria5
  • Castellón/Castelló5
  • Ciudad Real5
  • Huelva5
  • Jaén5
  • Navarra5
  • Valladolid5
  • Albacete4
  • Araba/Álava4
  • Burgos4
  • Cáceres4
  • León4
  • Lleida4
  • Lugo4
  • Ourense4
  • Rioja (La)4
  • Salamanca4
  • Ávila3
  • Cuenca3
  • Guadalajara3
  • Huesca3
  • Palencia3
  • Segovia3
  • Teruel3
  • Zamora3
  • Soria2
  • Ceuta1
  • Melilla1
BOE · Real Decreto 806/2026, de 5 de octubre, de disolución del Congreso de los Diputados y del Senado y de convocatoria de elecciones (BOE núm. 248, BOE-A-2026-20742)

Después: cómo se elige al presidente

176 de 350 = mayoría absolutaSi un partido no llega solo, necesita el apoyo de otros
  1. 23 dicSe constituyen las Cortes

    Los diputados y senadores elegidos toman posesión.

  2. RondaEl Rey consulta a los partidos

    Y propone como candidato a quien cree que puede reunir más apoyos.

  3. 1.ª votaciónNecesita 176 síes

    El candidato presenta su programa y el Congreso vota.

  4. 2.ª votaciónBasta con más síes que noes

    48 horas después. Las abstenciones ayudan al candidato.

  5. 2 mesesSi nadie lo logra, se repiten las elecciones

    Desde la primera votación fallida.

BOE · Constitución Española (texto consolidado): arts. 68, 69, 99

Todas las fechas

  1. El Consejo de Ministros aprueba y el Rey firma el Real Decreto 806/2026 de disolución y convocatoria.

    BOE
  2. Publicación en el BOE y entrada en vigor: las Cortes quedan disueltas y comienza el proceso electoral (día de la convocatoria). Desde hoy se puede solicitar el voto por correo en cualquier oficina de Correos (art. 72 LOREG).

    BOE
  3. Último día para que los partidos comuniquen a la Junta Electoral los pactos de coalición (10 días tras la convocatoria, art. 44.2 LOREG).

    BOE
  4. Presentación de candidaturas (listas) ante las Juntas Electorales (días 15 a 20 tras la convocatoria, art. 45 LOREG).

    BOE
  5. Envío de oficio de la documentación de voto a los españoles residentes en el extranjero (CERA) (desde el día 18 y antes del día 25 tras la convocatoria, art. 75.3 LOREG).

    BOE
  6. Publicación de las candidaturas presentadas (día 22 tras la convocatoria, art. 47.1 LOREG).

    BOE
  7. Sorteo público de los miembros de las mesas electorales (días 25 a 29 tras la convocatoria, art. 26.4 LOREG).

    BOE
  8. Proclamación oficial de las candidaturas por las Juntas Electorales (día 27 tras la convocatoria, art. 47.3 LOREG).

    BOE
  9. Publicación en el BOE de las candidaturas proclamadas (día 28 tras la convocatoria, art. 47.5 LOREG).

    BOE
  10. Envío de las papeletas oficiales a los electores CERA donde no se haya recurrido la proclamación (días 29 a 33, art. 75.3 LOREG).

    BOE
  11. La Oficina del Censo Electoral envía por correo certificado la documentación a quienes pidieron votar por correo (desde el día 34 tras la convocatoria y antes del sexto día anterior a la votación, art. 73.2 LOREG).

    BOE
  12. Campaña electoral: 15 días, desde las 00:00 del viernes 13 hasta las 24:00 del viernes 27 de noviembre (art. 4 RD 806/2026).

    BOE
  13. Último día para solicitar el voto por correo (décimo día anterior a la votación, art. 72.a LOREG).

    BOE
  14. Electores CERA: depósito del voto en urna en embajadas y consulados (entre el octavo y el tercer día anteriores, ambos inclusive, art. 75.4 LOREG).

    BOE
  15. Electores CERA: último día para enviar el voto por correo postal al consulado (no más tarde del quinto día anterior, art. 75.7 LOREG).

    BOE
  16. Prohibido publicar o difundir encuestas electorales en cualquier medio (‘durante los cinco días anteriores al de la votación’, art. 69.7 LOREG). Último día para publicar sondeos: 23-nov.

    BOE
  17. Último día para entregar en Correos el voto por correo emitido desde España (debe remitirse ‘antes del tercer día previo’ a la elección, art. 73.3 LOREG). La JEC puede precisar horarios.

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  18. Jornada de reflexión: no se permite hacer campaña (la campaña termina a las 24:00 del día 27; art. 53 LOREG).

    BOE
  19. Día de votación. Colegios abiertos de 9:00 a 20:00 (horario peninsular; Canarias una hora menos). Recuento provisional esa noche.

    BOE
  20. Escrutinio general (oficial) por las Juntas Electorales Provinciales (quinto día siguiente a la votación, art. 103.1 LOREG), que incluye el voto CERA.

    BOE
  21. Sesiones constitutivas del nuevo Congreso y Senado a las 10:00 (art. 5 RD 806/2026). Después el Rey consulta a los grupos y propone un candidato a la investidura (art. 99 CE).

    BOE
¿Y el Senado?

Se eligen directamente 209 senadores: 4 por cada provincia peninsular (y Ceuta y Melilla 2 cada una); en las islas, 3 en Gran Canaria, Mallorca y Tenerife y 1 en Ibiza, Formentera, Menorca, Fuerteventura, La Gomera, El Hierro, Lanzarote y La Palma. Cada elector puede marcar hasta 3 nombres en las provincias (2 en Gran Canaria, Mallorca, Tenerife, Ceuta y Melilla; 1 en las demás islas). Además, los parlamentos autonómicos designan otros senadores (1 por comunidad y otro por cada millón de habitantes).

Qué hace el Senado y el resto de instituciones →